martes, 20 de mayo de 2008

El Gobierno de los Jueces

“pedimos a los tribunales que defiendan nuestra libertad, que reduzcan las tensiones raciales, que condenen la guerra y la contaminación, que nos protejan de los abusos de los poderes públicos y de nuestra tentaciones privada, que impongan penas…que compensen las diferencias entre los individuos, que resuciten la economía, que nos tutelen antes de nacer, que nos casen, que nos concedan el divorcio y, si no que nos sepulten, al menos que aseguren que se paguen los gastos de nuestro funeral (Hufstedler, 1971)”



EL GOBIERNO DE LOS JUECES

El tema del “gobierno de los jueces” ha empezado a generar discusión en el ámbito mundial y no son poca las revistas y foros que en Europa y América se han organizada para debatir este tema, que parece ser un tema interesante y de mucha intensidad. El conflicto entre poder político y las competencias de los jueces; la tensión entre el sistema jurídico del Common Law y el Civil Law son los puntos que ha tomado como centro de debate el tema del gobierno de los jueces.

Significado: Es una expresión utilizada al inicio del siglo XX, por estudiosos de orientación progresista para criticar la jurisprudencia de la magistratura americana de tipo Federal, este pensamiento hace significar el poder que tienen los jueces en la vida institucional.

Este concepto también estudia el grado de tensión que se da entre el sistema jurídico del Common Law y el Civil Law. En el Primero, los jueces mantienen una posición de relativa autonomía frente a las leyes emanadas del Parlamento mientras que el Poder Judicial asume una posición de un poder colocado en un mismo plano que los otros, en este modelo de justicia no se afirma el principio del monopolio estatal de la producción de normas jurídicas y se reserva un papel importante al derecho jurisprudencial, siendo su tarea principal la de servir de contrapeso al Legislativo, en un entramado constitucional que se caracteriza por un sistema de pesos y contrapesos que atribuyen a los que están al frente de cada poder los instrumentos constitucionales necesarios y las razones personales para resistir a las usurpaciones de los otros.

En el Segundo (Civil Law), la posición de los jueces resulta menos incisiva, en este sistema, los jueces se encuentran en principio subordinados a los órganos políticos representativos y a las normas que estos producen. El principio

de la separación de poderes en los países que rige este sistema jurídico, se interpreta de tal modo que atribuye una posición de favor al legislativo. El poder para la creación de derecho es radicalmente limitado en este sistema, y se excluye al juez de cualquier crítica a la ley. El juez no es más que como lo afirmaba Montesquiu “Boca de la Ley”.

El origen de esta expresión proviene de un libro, autoría de un estudioso francés de Derecho Comparado, llamado Eduard Lambert, que luego de la Primera Guerra Mundial, se empeñó en atacar radicalmente la propuesta para introducir formas de control judicial de constitucionalidad en los ordenamientos de Europa Continental. Lo que significaba para este autor darle a la Magistratura un verdadero poder legislativo, aún superior al del Parlamento.

Podemos apreciar que el “Gobierno de los Jueces”, se caracteriza entonces por la interpretación de las normas constitucionales, la polémica tanto política como jurídica, ha devenido a través de los años, por que los jueces han entendido que el Legislador como constituyente no puede ser en quien descanse la interpretación de las leyes, ya que ellos son quienes la formulan, sino que deben los jueces con apreciación interpretativa emitir sus decisiones, apegados siempre a las normas constitucionales, la ley de por sí sola no tiene ningún valor significativo, sino que a través de la interpretación es que se le asigna algún valor, para sustentar lo antes dicho, citamos la solución que en el 1803, el Juez Marshal, Juez de la Corte Suprema de Estados Unidos, hizo cuando en lugar de aplicar una ley que contrariaba la Constitución, prefirió darle aplicación a la ley de leyes. Esta interpretación del Juez Marshal, fue el detonante que generó el debate que se prolongaría por décadas y que Francia le llamó en forma despectiva “El Gobierno de los Jueces”, haciendo mención a la intromisión en asuntos políticos de quienes por naturaleza están constituidos para administrar justicia.

Como bien hemos señalado la creatividad judicial, se presentó de un modo cada vez más evidente, favoreciendo un proceso de expansión del poder judicial que fue bautizado como “La Judicializacion de la Política”, con la cual se pretende indicar el esparcimiento del radio de acción de las Cortes o de los Jueces a expensas de los políticos y/o de los administradores, en otras palabras se produce el desplazamiento de las competencias decisionales desde el Legislativo, el Ejecutivo o la Administración Pública a las Cortes.

Este fenómeno que también tiene su causa en base al nuevo rol de la magistratura, y las transformaciones que este ha sufrido, esto ha traído como consecuencia, una actitud del público hacia la justicia, generando lo que se hace llamar la “sed de derechos”, el cual indica que los ciudadanos recurren con mayor frecuencia al sistema judicial para hacer valer exigencias que no obtienen respuestas en otros lugares. La intervención cada vez más penetrante del Estado-welfare state- en sectores que antes eran abandonados por el Estado Liberal y dejado al control privado, ha llevado a una expansión sin precedentes del sistema jurídico, y por lo tanto, de la esfera de decisión de los jueces. El resultado es que hoy el sistema político, en especial el Ejecutivo dispone de menos ocasiones de influencia y las magistraturas de estos países están mucho más diversificadas que antes en su orientación de valores, así como en la distribución del poder interno. Por ende esta expansión del poder judicial, implica que ya no existan sectores potencialmente inmunes a la intervención pública y por tanto existan áreas que puedan sustraerse a la eventual decisión de un juez, en consecuencia no puede dejarse fuera de tal contexto a la clase política, los políticos ya no pueden considerarse por encima de las reglas, también ellos se han convertido en justiciables.

El gobierno de los jueces y su consecuencia de judicializacion de las políticas encuentran su mayor apoyo en las democracias contemporáneas las cuales contemplan una fuerte intervención de la magistratura en el proceso político: “todo y todos se convierten en justiciable”. Un elemento importante a tomar en cuenta en este fenómeno es la perdida de capacidad que exhiben las organizaciones políticas y los sindicatos de transmitir y dar repuesta a las demandas políticas en la actualidad, esto hace aumentar la importancia de la justicia debido al hecho de que en este terreno su capacidad de respuesta sale reforzada.
La intervención de los jueces en los quehaceres de la vida publica se puede observar en algunas decisiones que históricamente y mas recientemente se han producido, EEUU surgió una intensa polémica entre el presidente Franklin d. Roosevelt y su política del New Deal ( nuevo pacto) con la Suprema Corte de Justicia, actualmente un tribunal del orden administrativo de Colombia le prohibió al presidente y al canciller de ese país firmar el tratado de libre comercio TLC con EEUU, una demanda interpuesta por una acción popular, el tribunal entendió que dicho tratado lesiona derechos colectivos de los colombianos. Otro ejemplo es el caso y que sucedió hace poco en el país, lo fue el caso de la ley de migración, en donde había una controversia de si era constitucional dicha ley, la suprema corte de justicia a través de su interpretación resolvió el conflicto. Estos dos casos son una expresión del poder decisorio del sistema judicial, asuntos estos, que le eran reservados para que lo resolviera el poder ejecutivo. La judicializacion de los asuntos políticos se vio también cuando el presidente de la suprema corte de justicia en ocasión del día del poder judicial llamo a los partidos políticos a que acuerden y formalicen un pacto político y social a favor de la nación. Como se puede apreciar en tales sucesos el poder judicial- casos que no tienen que ver con la función de administrar justicia- se erige en tramitar, promover y solucionar problemas que el poder legislativo y el ejecutivo fue incapaz de hacerlo. Hay entonces un desplazamiento de competencias, de asuntos que le compete al ejecutivo y al legislativo se desplazan al judicial.




Como hemos visto, el juez procede con una nueva función, una función más profunda, un radio de acción y consecuencias muy diferentes. Las nuevas democracias le brinda un poder mas enérgico y dinámico, a esto se le suma el acelerado debilitamiento del vinculo que tiene el juez con la ley, había cuenta de que los grande principios no siempre son capaces de promover la solución a los problemas que tiene que afrontar. El surgimiento y progreso del estado welfare –estado benefactor- ha transformado el papel de la justicia, haciéndolo más importante, dado que se ha modificado inclusive la función misma del derecho, como lo ha dicho Bobbio: se ha hecho “promocional” ya que le toca promover el cambio.

Finalmente, el crecimiento del poder judicial puede representar ciertos peligros y ciertos retos, de tal forma que puede acarrear situaciones muy peligrosas, la judicializacion tiende a suprimir la decisión política aparentemente a favor del derecho, pero en realidad otorgando mayor espacio a los grupos que disponen de recursos para emplearlos eficazmente en el circuito judicial. Así la judicializacion presupone necesariamente una cierta fragmentación del poder puede llevar a paralizar los procesos de decisión, favoreciendo con frecuencia una menor transparencia y sobre todo, erosionando radicalmente la responsabilidad política, es decir, el principio fundamental para la democracia de que siempre hay un responsable de las decisiones que afectan a la comunidad, alguien que se pueda sustituir por la competición electora, en consecuencia judicializar la justicia puede ser en realidad dar cada vez más poder a quien no puede ser sustituido. La judicializacion de la política implica en cierto modo reducir el espacio de toma de decisiones del poder Ejecutivo y Legislativos por temor a ser sujetos de responsabilidad.

CONCLUSION

La crisis de confianza frente al Poder Ejecutivo y Legislativo, junto al debilitamiento de los partidos políticos, mas el fortalecimiento y expansión de la democracias contemporáneas ha generado en los presentes sistemas políticos que los ciudadanos vuelquen su mirada hacia el Poder Judicial, y en consecuencia, canalicen sus demandas sociales por ante esta instancia estatal. Podemos inferir que lo que les está pasando al Poder Ejecutivo y Legislativo es que los ciudadanos cada día observan como tales poderes no responden ante sus demandas, lo que ha provocado que el ciudadano mire hacia el Poder Judicial, no solo para que le soluciones los conflictos que se presenten al calor de un litigio, sino que este poder le tramite y le promueva una mejor calidad de vida; con ello aspirando a un gobierno de los jueces.

BIBLIOGRAFIA

Los Jueces y La Política, Poder Judicial y Democracia, Guarnieri, Carlo, Pederzoli, Patricia, Ediciones Michalon, París, 1996
El gobierno de los jueces, en Europa, (Carlos Guarnieri)
El gobierno de los jueces, (Susana Czar de Zalduendo)

No hay comentarios: